¿Qué hacer con la UGPP? Responda sus requerimientos y evite sanciones.

La UNIDAD DE GESTION PENSIONAL Y PARAFISCALES, UGPP, es una entidad administrativa que controla el cumplimiento de los estándares obligatorios ante el sistema de seguridad social. Uno de sus principales objetivos es hacer seguimientos a las sociedades, sean con ánimo o sin ánimo de lucro, e independientes con capacidad de pago para que cumplan adecuadamente con los aportes parafiscales.
Dentro de las principales funciones de la UGPP se destaca el reconocimiento de los derechos pensionales de los empleados, tendientes al seguimiento, colaboración y determinación de la adecuada y completa liquidación, así como el pago de las contribuciones parafiscales de la protección social. Entre otras funciones se destacan:
Pago de prestaciones económicas del sistema de seguridad social.
Seguimiento a la oportuna liquidación y pago de las contribuciones al sistema de seguridad social.
Investigación y consolidación de la información disponible y necesaria para la adecuada determinación y cobro de las contribuciones de la protección social.
Facultad sancionatoria frente a los incumplimientos.
Organización de programas de capacitación.
La UGPP es la autoridad administrativa encargada de velar por la seguridad social en Colombia. Es conocida como la nueva DIAN en temas de seguridad y protección social, dotada además de procedimientos muy complejos para hacer cumplir la normatividad referente a la materia.
Sanciones:
El cumplimiento del pago de manera adecuada, completa y acorde con el índice base de cotización permitirá que los aportantes no deban preocuparse por las sanciones que impone la autoridad administrativa UGPP. Las contribuciones parafiscales e refieren. Salud, pensión y riesgos profesionales, ICBF y SENA. Cuando las empresas o personas no cumplen con las contribuciones y se dedican a declarar y pagar algo diferente a la realidad, se hacen acreedores de sanciones.
Las faltas pueden ser:
Omisión de la afiliación y falta de pago de los aportes al sistema de protección social. La UGPP apliacara sanción por cada fracción o mes de retraso.
Inexactitud en los aportes presentados. La UGPP permite que el aportante corrija voluntariamente su liquidación, debiendo asumir la persona una sanción equivalente al 5% del valor mayor a pagar generado entre la declaraion corregida y la declaración inicial.
Omisión de la información. Si la UGPP solicita a las entidades, sean estas jurídicas o naturales, información y no se le entrega dentro de las fechas establecidas, habrá una sanción de 5 UVT (Unidad de Valor Tributario) por cada día de retraso en la entrega.
Incumplimiento de estándares de cobro. A las administradoras del Sistema de Protección Social que incumplan con las normas establecidas por la UGPP para el cobro de contribuciones parafiscales se le pueden interponer sanciones de hasta 200 UVT (Unidad de Valor Tributario).
Para evitar sanciones, es necesario que se asesore, preparar una buena teoría del caso y solventar sin mayores inconvenientes los trámites ante la UGPP.
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